(POLÍTICA YA). – El diario The Washington Post reveló esta semana que la agencia de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) está buscando indocumentados mediante el uso de la tecnología de reconocimiento facial en fotos de licencias de conducir de indocumentados en varios estados.
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Los oficiales de ICE han convertido las bases de datos de las licencias de conducir en una mina de oro del reconocimiento facial en los estados de Washington, Vermont y Utah, pero 21 estados y el Distrito de Columbia permiten que investigadores federales escaneen las fotos de las licencias de conducir.
Doce estados y el Distrito de Columbia han promulgado leyes que permiten a los inmigrantes indocumentados obtener licencias de conducir: California, Colorado, Connecticut, Delaware, Hawaii, Illinois, Maryland, Nuevo México, Nevada, Utah, Vermont y Washington.
Defensores de los derechos civiles advirtieron que al ICE realizar esas búsquedas sin consentimiento previo de los portadores de las licencias, la agencia viola la privacidad de las personas, por lo que es inconstitucional.
“En ningún estado, ha habido un estado que haya realmente votado para otorgarle a ICE acceso a estas fotos de las licencias de conducir. Y cuando los conductores obtienen una licencia de conducir, nunca se les dice que están también entregando su rostro a Inmigración y Control de Aduanas”, declaró Harrison Rudolph, del Centro de Privacidad y Tecnología de la Universidad de Georgetown.
Pero los defensores de la medida señalaron que con el reconocimiento facial no solo se detectan indocumentados sino también criminales.
“En el momento en que una persona dentro de un millón podría ser un asesino, en ese momento me pongo del lado de la policía con esto”, dijo James Gagliano, ex agente del FBI.
LA REALIDAD
- La 4ta. Enmienda de la Constitución protege a las personas de búsquedas e incautaciones injustificadas en sus casas, documentos y efectos personales.
- La 4ta. enmienda es la base de la ley con respecto a las órdenes de registro, las detenciones, las inspecciones de seguridad, las escuchas telefónicas y otras formas de vigilancia, además de ser fundamental para muchos otros temas de derecho penal y de privacidad.
- “El derecho de las personas a estar seguros en sus personas, casas, documentos y efectos, contra registros e incautaciones no razonables, no se violará, y no se emitirá ninguna orden, sino sobre una causa probable, respaldada por un juramento o afirmación, y en particular que describa el lugar para ser registrado, y las personas o cosas a ser incautadas”, dice la enmienda constitucional.
- La cuarta enmienda no menciona directamente la palabra privacidad ya que fue introducida en 1791.
- La Corte Suprema ya estableció que los oficiales del orden público necesitan una orden de un juez para registrar los teléfonos celulares.
- El fallo del Tribunal del caso Carpenter v. United States de 2018 estableció el precedente sobre privacidad en la era digital.
- El hecho de que no necesariamente viola la Constitución no significa que no constituya una violación a la privacidad.